¿Por qué una tasación pericial contradictoria?
Al tratar con la Administración asiste el derecho a presentar la tasación contradictoria en forma de reclamación ante el impuesto sobre el valor del bien declarado. En este procedimiento se contraponen:
- Valor comprobado: Es el monto en el que la administración ha valorado el activo sometido a tributación.
- Valor declarado: El que se provee el contribuyente
En este tipo de trabajo, el bien tasado está sujeto a obligación tributaria. Se presenta para reclamar a la administración el valor que ha comprobado para bien en cuestión.
¿Quién paga precio de la tasación pericial contradictoria?
El importe se debe abonar por la parte que haya solicitado cada uno de los informes que se presenten en la controversia. El contribuyente debe abonar los gastos de la tasación contradictoria y la adminsitración los gasto de la comprobación de valor mediante el pago a terceros o mediante el pago de las nóminas de sus funcionarios.
El precio de este tipo de tasaciones se establece en cada caso, en función del bien a tasar y del valor que este alcance. Las administraciones establecen unos baremos máximos para los ingenieros que concurran a hacer los informes como terceros a través de listas y colegios profesionales.
Plazos establecidos
Finalizado el procedimiento de tasación contradictoria, la notificación de la liquidación procedente determina un plazo de tres meses desde la liquidación o resolución o la reanudación del plazo restante si el procedimiento se hubiera iniciado.
Si ya se hubiera impuesto sanción en el momento de solicitar la tasación pericial contradictoria, se procederá a calcular de nuevo la misma, y a imponer la sanción por ese nuevo importe, en el caso de que a resultas de la tasación la sanción tuviera otro importe.